Preguntas Frecuentes
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Las pensiones del IMSS se agrupan en tres categorías principales. Identifique a cuál de ellas podría pertenecer:
1. Pensiones por edad y tiempo de cotización: Dirigidas a trabajadores que alcanzan cierta edad y cumplen con los requisitos de semanas cotizadas. Incluyen: Cesantía en edad avanzada, Vejez y Retiro anticipado.
2. Pensiones por riesgo de trabajo o enfermedad: Otorgadas a trabajadores que sufren un accidente laboral o padecen una enfermedad que les impide continuar con sus actividades. Incluyen: Incapacidad permanente (parcial o total) e Invalidez.
3. Pensiones para beneficiarios: Destinadas a los familiares de un trabajador o pensionado en caso de fallecimiento. Incluyen: Viudez, Orfandad y Ascendientes.
Los requisitos para obtener una pensión del IMSS varían según el régimen bajo el cual haya cotizado:
Régimen 73 (para quienes cotizaron antes de julio de 1997)
Para pensionarse bajo este esquema, se requiere:
Tener entre 60 y 64 años para la Pensión por Cesantía
Tener 65 años para la Pensión por Vejez
Contar con un mínimo de 500 semanas cotizadas
Haber causado baja en el Régimen Obligatorio del Seguro Social
Tener la conservación de derechos vigente
Régimen 97 (para quienes comenzaron a cotizar desde julio de 1997)
Los requisitos para pensionarse en este régimen son:
Contar con al menos 850 semanas cotizadas en 2025 (este requisito se irá incrementando cada año hasta 2031)
Tener entre 60 y 64 años para la Pensión por Cesantía
Tener 65 años para la Pensión por Vejez
Contar con el Expediente de Identificación de Trabajador actualizado en su AFORE
Haber causado baja en el Régimen Obligatorio del Seguro Social
El régimen al que pertenece depende de la fecha en que inició sus cotizaciones ante el IMSS:
Régimen 73: Aplica para quienes comenzaron a cotizar antes del 1° de julio de 1997.
Régimen 97: Aplica para quienes empezaron a cotizar a partir del 1° de julio de 1997.
Los factores que determinan el monto de su pensión varían según el régimen bajo el cual cotiza:
En el Régimen 73 su pensión se calcula con base en:
Edad al momento de pensionarse
El salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas
Cantidad de semanas cotizadas
Las asignaciones familiares (si tiene Cónyuge, Hijos menores de 16 años o Padres que dependan económicamente de usted)
En el Régimen 97 el monto de su pensión dependerá de:
Edad al momento del retiro
Las semanas cotizadas a lo largo de su vida laboral
Su salario registrado ante el IMSS
El saldo acumulado en su AFORE
Si pertenece al Régimen 97, es importante saber que su pensión dependerá del saldo acumulado en su cuenta AFORE. Existen tres modalidades para recibir su pensión:
Renta Vitalicia: Su pensión es administrada y pagada por una aseguradora.
Retiro Programado: Su pensión es administrada y pagada directamente por su AFORE, hasta que se agoten los fondos de su cuenta individual.
Pensión Mínima Garantizada: Si su saldo en AFORE no es suficiente para una pensión mayor, el Gobierno Federal le otorga una pensión mínima garantizada, siempre que cumpla con los requisitos establecidos.
Es aquella que el Gobierno Federal asegura a los pensionados al amparo de la Ley del Seguro Social y su monto mensual será el equivalente a un salario mínimo general de la Ciudad de México.
En el Régimen 73 se otorga a quienes, al cumplir los requisitos de pensión, el monto de su pensión es menor al salario mínimo mensual vigente en la CDMX.
En el Régimen 97 se otorga a quienes cumplan con la edad mínima requerida y, a partir de 2025, con al menos 850 semanas cotizadas (este requisito se irá incrementando cada año hasta 2031). Aplica para quienes no cuentan con suficiente saldo en su AFORE para contratar una Renta Vitalicia o un Retiro Programado.